ARCA: uno a uno, los montos para identificar a los consumidores finales

Escuchar esta noticia
Powered by Evolucion Streaming
x1

Conocé los topes y los datos que deberás configurar según la confirmación de la ARCA.

ARCA: uno a uno, los montos para identificar a los consumidores finalesARCA: uno a uno, los montos para identificar los consumidores finales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reemplazó a la AFIP, ha actualizado los montos a partir de los cuales los comercios deben identificar al consumidor final en los comprobantes de sus ventas. Desde 2025, los montos establecidos determinan cuándo es obligatorio registrar los datos del comprador en las transacciones comerciales.

La nueva normativa señala que, dependiendo del valor de la operación, los comercios deberán incluir esta información en los recibos. Enterate de todos los detalles de esta actualización y cómo impacta en los negocios.

Los montos actualizados para los consumidores finales

Según la información proporcionada por la ARCA, los montos de las operaciones a partir de los cuales se debe identificar al consumidor final son los siguientes:

.$417.288 si el pago se realiza mediante medios electrónicos autorizados.
.$208.644 o más, si el pago se efectúa a través de otro tipo de modalidad.

Es importante destacar que, en ambos casos, los comercios deberán incluir en los comprobantes los datos del consumidor final, como nombre, apellido, domicilio y número de identificación (CUIT, CUIL, CDI, documento de identidad, pasaporte o cédula de identidad).

Las excepciones según el organismo

. Excepciones para Responsables Inscriptos en IVA: las operaciones superiores a $208.644 realizadas a través de medios electrónicos autorizados no requieren la identificación del consumidor final, sin importar que se trate de una venta a un cliente final.
.Controladores Fiscales – Emisión Alternativa: En cuanto a los comprobantes clase «A», solo se podrán emitir mediante controladores fiscales de última tecnología cuando el monto neto gravado supere los $417.288.
.Monotributistas: La normativa establece algunas restricciones. No podrán utilizar el Facturador cuando la operación supere los $417.288. Sin embargo, para transacciones entre $208.644 y $417.287, podrán seguir usando el Facturador, aunque deberán incluir los datos personales del consumidor final.
.Actualización Semestral de Montos: Los montos que definen cuándo es obligatorio detallar la información del consumidor final se actualizarán cada seis meses, en enero y julio, según el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

Compruebe también

Ganancias: se empieza a pagar este impuesto a partir de $ 3.000.000 de sueldo bruto

Ganancias: se empieza a pagar este impuesto a partir de $ 3.000.000 de sueldo bruto

▶ Escuchar esta noticia Powered by Evolucion Streaming x1 Un trabajador soltero sin hijos que …

Déjanos tu comentario

Congresos, conciertos, vigilias: transmití todo en vivo con nuestra tecnología. Soporte antes, durante y después.